El aborto.
El
aborto, por mucho tiempo ha generado bastantes discordias en la población
mexicana, en especial en la sociedad jalisciense la cual a desatado distintos
debates entre si se legaliza o se sigue prohibiendo.
Bueno
esto es meramente una cuestión de idea, el ideal en este caso de aceptación o
de negación, nos hace vulnerables a ser testarudos y no poder abrir la mente, a
lo que la sociedad necesita, y en este ensayo pretendo de manera lo mas neutral
posible una solución a la discordia. Esta claro que apoyo la legalización
del aborto, pero no de manera desmedida
e irresponsable y sostengo una postura de vista sobre los católicos (que en mi
opinión son y han sido los mas aguerridos opositores a la legalización) de
intolerancia a la libertad humana.
Dicho
eso centrare mi punto en este ensayo en la idea de la “libertad”, ¿porque?
Porque es la libertad la que nos da la respuesta a todo, pero esas palabras las
sostendré durante todo el ensayo; es cierto que existe la libertad de expresión
que consiste básicamente en poder decir lo que se piensa sin temor a
represalias pero de igual manera tolerar la opinión de los demás...
Con
esto comienzo con el ensayo, con el que trabajare por el bien común sin
destruir sino construir una opinión alterna.
El aborto
¿Qué es?
Hágase notar que muchos datos con
los que me referiré serán sacados de paginas de Internet tanto científicos como
de opinión así que he de serán la mayor imparcialidad que pueda, así es como
una pagina de Internet de postura religiosa dice que es la definición de
aborto, y la segunda es una postura medica.
“La Medicina entiende por aborto
toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su
vida intrauterina, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir.
Si esa expulsión del feto se realiza en período viable pero antes del término
del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si
muere.”
“Se
define como la interrupción del embarazo antes de la viabilidad fetal. La
viabilidad fetal es un concepto que involucra aspectos epidemiológicos
antropométricos y clínicos. Es así como se considera la edad gestacional de 22
semanas, el peso fetal de 500 gr. (OMS), longitud céfalo nalgas de 25 cm. La
viabilidad clínica es un concepto más amplio que involucra la capacidad de la
medicina actual de prestar asistencia contra la prematurez extrema, y está
determinada por la madurez anátomo funcional del pulmón, o sea la capacidad de
intercambio gaseoso pulmonar, que ocurre aproximadamente entre las 24 a 26
semanas de gestación.”
Así pues notamos que ambos están de
acuerdo que el aborto es el proceso de interrumpir el proceso embrionario, pero
la gran diferencia es que la definición religiosa habla de “toda expulsión del feto en el período no viable
de su vida intrauterina”, y la definición medica habla de “la interrupción del embarazo antes de la
viabilidad fetal” comparando y en palabras mas simples la definición
religiosa habla de interrumpir la gestación en el periodo en el que la medicina
ya se refiere al feto como un bebé; mientras que la definición científica dice
que es la interrupción antes de ser considerado un bebé.
Mostrando este tipo de diferencias
nos percatamos de que ambas posturas están en lo correcto. Pero la postura de
lideres religiosos nos habla de que la vida se crea en el momento en que es
fecundado el ovulo, simple y dogmático; mientras que el proceso científico es
mas amplio por su numero de estudios en los que se marca la vida fetal,
“Ahora, sin embargo, científicos británicos
afirman que entre las 35 y 37 semanas de gestación, poco antes de nacer, el
cerebro del feto ya es capaz de procesar el dolor.
Los
investigadores de la Universidad de Londres siguieron un registro de la
actividad cerebral de los infantes antes de nacer.
Tal
como señalan en la revista Current Biology, descubrieron que a las 35 semanas
el cerebro del feto ya ha desarrollado suficientes redes neuronales para poder
distinguir al dolor como una sensación distinta al tacto.
El hallazgo, afirman los
científicos, podría tener implicaciones para el cuidado clínico de los bebés.”
“Si así
fuera, tendría que aceptarse que el espermatozoide y el óvulo son medias
personas, ya que estas células contienen sólo la mitad del genoma (la mitad de
los cromosomas y del ADN que constituye el genoma). Conforme avanza el
desarrollo ontogénico, las células humanas se van diferenciando y organizando
para formar los tejidos y los órganos, pero no por eso los tejidos y los
órganos —los músculos, los huesos, la piel, el riñón, el hígado, el páncreas,
los pulmones, el corazón, las glándulas, los ojos, etc.— son personas, pues
entonces habría que concluir que la extirpación de un órgano, y aun de un tumor
benigno o canceroso, equivaldría a matar miles de millones de personas; además,
al trasplantar un órgano se estaría generando una monstruosa quimera formada
por millones de personas dentro del cuerpo de otros millones de personas. Por
todo lo anterior, el hecho de que el cigoto o el embrión humano en las primeras
semanas de su desarrollo posea el genoma completo de la especie humana no es
válido como argumento para considerar al cigoto o al embrión como un ser
humano. Desde el punto de vista científico, el ser humano, la persona, es el
resultado del desarrollo del organismo cuando éste alcanza la etapa de
autonomía fisiológica —la viabilidad fuera del útero materno, ya que mientras
tanto depende totalmente del aporte nutricional y hormonal de la mujer— y
cuando su sistema nervioso ha adquirido la estructura y la funcionalidad necesarias
para percibir estímulos sensoriales, experimentar dolor y adquirir conciencia y
autonomía. El sistema nervioso central, y más específicamente la corteza
cerebral —el área más desarrollada en los primates, y de entre los primates en
el Homo sapiens— constituye el sustrato biológico que determina estas
propiedades. Por lo tanto, hasta que no se desarrolle la corteza cerebral no se
puede hablar de “vida humana”.”
Por desgracia también cuenta la
orientación del medico pese a que esto influye en la parcialidad de la
información; algunos sostienen que la vida surge con la vida celular, otros
afirman que después de las primeras dos semanas se generan los sistemas
nerviosos, otros que después de las
primeras cinco semanas es cuando el embrión desarrolla este tipo de
sistemas y otros que afirman que es sino hasta los tres meses en los que se
desarrollan los sistemas captores de dolor y los primeros choques eléctricos
que dan un cierto factor neuronal al cerebro.
Enfatizando
en las mediciones medicas puedo concluir que la consideración de vida se basa
en el hecho de que el nuevo ser vivo o feto, pase de ser vida celular a una
vida meramente humana es a partir del desarrollo del sistema nervioso que es el
que permite la difusión de cesaciones a un ser inconciente, y el desarrollo del
corazón que es el que se encarga de distribuir sangre al nuevo ser.
Tipos de aborto.
Aborto Espontáneo:
Se considera aborto espontáneo a la pérdida de la gestación antes de las 26 semanas, cuando el feto no está aún en condiciones de sobrevivir con garantías fuera del útero materno. Un aborto espontáneo ocurre cuando un embarazo termina de manera abrupta. Un 8 y 15 por ciento de los embarazos, según las fuentes, que se detectan terminan de esta manera, aunque un número importante y dificilmente valorable pasan desapercibidos. Existen muchas doctas opiniones que dicen que incliso el 50 por ciento de los embarazos pueden considerarse fracasados y terminar de forma espontánea.
Se considera aborto espontáneo a la pérdida de la gestación antes de las 26 semanas, cuando el feto no está aún en condiciones de sobrevivir con garantías fuera del útero materno. Un aborto espontáneo ocurre cuando un embarazo termina de manera abrupta. Un 8 y 15 por ciento de los embarazos, según las fuentes, que se detectan terminan de esta manera, aunque un número importante y dificilmente valorable pasan desapercibidos. Existen muchas doctas opiniones que dicen que incliso el 50 por ciento de los embarazos pueden considerarse fracasados y terminar de forma espontánea.
Aborto Inducido:
El aborto inducido, según la definición de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) es el como el resultante de maniobras practicadas deliberadamente con ánimo de interrumpir el embarazo. Las maniobras pueden ser realizadas por la propia embarazada o por otra persona por encargo de esta.
El aborto inducido, según la definición de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) es el como el resultante de maniobras practicadas deliberadamente con ánimo de interrumpir el embarazo. Las maniobras pueden ser realizadas por la propia embarazada o por otra persona por encargo de esta.
Aborto Legal:
Se considera aborto inducido legal cuando es realizado bajo las leyes despenalizadoras del país donde se practica. En España se considera aborto legal cuando es realizado con consentimiento de la mujer, en un Centro Acreditado para ello y bajo uno de los tres supuestos despenalizadores de la ley, es decir cuando hay peligro para la salud o la vida de la embarazada , por causa de violación o por malformaciones fetales.
Se considera aborto inducido legal cuando es realizado bajo las leyes despenalizadoras del país donde se practica. En España se considera aborto legal cuando es realizado con consentimiento de la mujer, en un Centro Acreditado para ello y bajo uno de los tres supuestos despenalizadores de la ley, es decir cuando hay peligro para la salud o la vida de la embarazada , por causa de violación o por malformaciones fetales.
Aborto Ilegal:
Se considera aborto ilegal o clandestino cuando es realizado en contra de alguna de las leyes del país donde se practica. Cuando el aborto está prohibido por la ley, las circunstancias hacen que muchas mujeres busquen a comadronas o a médicos que se prestan a colaborar. Pero el aborto practicado en estas circunstancias es peligroso y mantiene unas estadísticas de mortalidad y morbilidad materna infinitamente superiores a las del aborto legal.
Se considera aborto ilegal o clandestino cuando es realizado en contra de alguna de las leyes del país donde se practica. Cuando el aborto está prohibido por la ley, las circunstancias hacen que muchas mujeres busquen a comadronas o a médicos que se prestan a colaborar. Pero el aborto practicado en estas circunstancias es peligroso y mantiene unas estadísticas de mortalidad y morbilidad materna infinitamente superiores a las del aborto legal.
¿cuales son
los métodos de aborto y, o, mas recomendados para realizarlo?
Nuevamente
se hará una recopilación de opiniones en las que la sociedad y su división.
hago énfasis la división “medicina y religión” porque son estas las principales
opositoras en el debate del aborto o por lo menos son estas las opiniones mas
citadas por quienes defienden un punto.
Por el lado de la opinión con
orientación religiosa, a esta cuestión, es:
“El asesinato de un bebé no nacido se
produce, además de algunos métodos domésticos, a través de los siguientes
métodos:
- Por envenenamiento salino
Se extrae el líquido amniótico dentro de la bolsa que proteje al bebé. Se introduce una larga aguja a través del abdómen de la madre, hasta la bolsa amniótica y se inyecta en su lugar una solución salina concentrada. El bebé ingiere esta solución que le producirá la muerte 12 horas más tarde por envenenamiento, deshidratación, hemorragia del cerebro y de otros órganos. Esta solución salina produce quemaduras graves en la piel del bebé. Unas horas más tarde, la madre comienza "el parto" y da a luz un bebé muerto o moribundo, muchas veces en movimiento.Este método se utiliza después de las 16 semanas de embarazo.
Se extrae el líquido amniótico dentro de la bolsa que proteje al bebé. Se introduce una larga aguja a través del abdómen de la madre, hasta la bolsa amniótica y se inyecta en su lugar una solución salina concentrada. El bebé ingiere esta solución que le producirá la muerte 12 horas más tarde por envenenamiento, deshidratación, hemorragia del cerebro y de otros órganos. Esta solución salina produce quemaduras graves en la piel del bebé. Unas horas más tarde, la madre comienza "el parto" y da a luz un bebé muerto o moribundo, muchas veces en movimiento.Este método se utiliza después de las 16 semanas de embarazo.
- Por Succión
Se inserta en el útero un tubo hueco que tiene un borde afilado. Una fuerte succión (28 veces más fuerte que la de una aspiradora casera) despedaza el cuerpo del bebé que se está desarrollando, así como la placenta y absorbe "el producto del embarazo" (osea, el bebé), depositándolo después en un balde. El abortista introduce luego una pinza para extraer el cráneo, que suele no salir por el tubo de succión. Algunas veces las partes más pequeñas del cuerpo del bebé pueden identificarse. Casi el 95% de los abortos en los países desarrollados se realizan de esta forma.
Se inserta en el útero un tubo hueco que tiene un borde afilado. Una fuerte succión (28 veces más fuerte que la de una aspiradora casera) despedaza el cuerpo del bebé que se está desarrollando, así como la placenta y absorbe "el producto del embarazo" (osea, el bebé), depositándolo después en un balde. El abortista introduce luego una pinza para extraer el cráneo, que suele no salir por el tubo de succión. Algunas veces las partes más pequeñas del cuerpo del bebé pueden identificarse. Casi el 95% de los abortos en los países desarrollados se realizan de esta forma.
- Por Dilatación y Curetaje
En este método se utiliza una cureta o cuchillo provisto de una cucharilla filosa en la punta con la cual se va cortando al bebé en pedazos con el fin de facilitar su extracción por el cuello de la matriz. Durante el segundo y el tercer trimestre del embarazo el bebé es ya demasiado grande para extraerlo por succión; entonces se utiliza el método llamado por dilatación y curetaje. La cureta se emplea para desmembrar al bebé, sacándose luego en pedazos con ayuda de los forceps. Este método está convirtiéndose en el más usual.
En este método se utiliza una cureta o cuchillo provisto de una cucharilla filosa en la punta con la cual se va cortando al bebé en pedazos con el fin de facilitar su extracción por el cuello de la matriz. Durante el segundo y el tercer trimestre del embarazo el bebé es ya demasiado grande para extraerlo por succión; entonces se utiliza el método llamado por dilatación y curetaje. La cureta se emplea para desmembrar al bebé, sacándose luego en pedazos con ayuda de los forceps. Este método está convirtiéndose en el más usual.
- Por "D & X" a las 32
semanas
Este es el método más espantoso de todos, también es conocido como nacimiento parcial. Suele hacerse cuando el bebé se encuentra muy próximo de su nacimiento Después de haber dilatado el cuello uterino durante tres días y guiándose por la ecografía, el abortista introduce unas pinzas y agarra con ellas una piernecita, después la otra, seguida del cuerpo, hasta llegar a los hombros y brazos del bebé. así extrae parcialmente el cuerpo del bebé, como si éste fuera nacer, salvo que deja la cabeza dentro del útero. Como la cabeza es demasiado grande para ser extraída intacta; el abortista, entierra unas tijeras en la base del cráneo del bebé que está vivo, y las abre para ampliar el orificio. Entonces inserta un catéter y extrae el cerebro mediante succión. Este procedimiento hace que el bebé muera y que su cabeza se desplome. A continuación extrae a la criatura y le corta la placenta.
Este es el método más espantoso de todos, también es conocido como nacimiento parcial. Suele hacerse cuando el bebé se encuentra muy próximo de su nacimiento Después de haber dilatado el cuello uterino durante tres días y guiándose por la ecografía, el abortista introduce unas pinzas y agarra con ellas una piernecita, después la otra, seguida del cuerpo, hasta llegar a los hombros y brazos del bebé. así extrae parcialmente el cuerpo del bebé, como si éste fuera nacer, salvo que deja la cabeza dentro del útero. Como la cabeza es demasiado grande para ser extraída intacta; el abortista, entierra unas tijeras en la base del cráneo del bebé que está vivo, y las abre para ampliar el orificio. Entonces inserta un catéter y extrae el cerebro mediante succión. Este procedimiento hace que el bebé muera y que su cabeza se desplome. A continuación extrae a la criatura y le corta la placenta.
- Por Operación Cesárea
Este método es exactamente igual que una operación cesárea hasta que se corta el cordón umbilical, salvo que en vez de cuidar al niño extraído se le deja morir. La cesárea no tiene el objeto de salvar al bebé sino de matarlo.
Este método es exactamente igual que una operación cesárea hasta que se corta el cordón umbilical, salvo que en vez de cuidar al niño extraído se le deja morir. La cesárea no tiene el objeto de salvar al bebé sino de matarlo.
- Mediante Prostaglandinas
Este fármaco provoca un parto prematuro durante cualquier etapa del embarazo. Se usa para llevar a cabo el aborto a la mitad del embarazo y en las últimas etapas de éste. Su principal "complicación" es que el bebé a veces sale vivo. También puede causarle graves daños a la madre. Recientemente las prostaglandinas se han usado con la RU-486 para aumentar la "efectividad" de éstas.
Este fármaco provoca un parto prematuro durante cualquier etapa del embarazo. Se usa para llevar a cabo el aborto a la mitad del embarazo y en las últimas etapas de éste. Su principal "complicación" es que el bebé a veces sale vivo. También puede causarle graves daños a la madre. Recientemente las prostaglandinas se han usado con la RU-486 para aumentar la "efectividad" de éstas.
- RU-486
Se trata de una fármaco abortivo empleado conjuntamente con una prostaglandina, que es eficiente si se la emplea entre la primera y la tercera semana después de faltarle la primera menstruación a la madre. Actúa matando de hambre al diminuto bebé, al privarlo de un elemento vital, la hormona progesterona. El aborto se produce luego de varios días de dolorosas contracciones.”
Se trata de una fármaco abortivo empleado conjuntamente con una prostaglandina, que es eficiente si se la emplea entre la primera y la tercera semana después de faltarle la primera menstruación a la madre. Actúa matando de hambre al diminuto bebé, al privarlo de un elemento vital, la hormona progesterona. El aborto se produce luego de varios días de dolorosas contracciones.”
En
la pagina de Internet de donde se hace la cita (http://www.aciprensa.com/aborto/atipos.htm)
supuestamente una pagina católica seria se muestran los tipos de aborto, mas
sin embargo no se anuncia cuales son las mas seguras para la mujer que se las
practique, así que ahora la respuesta medica.
“¿Qué métodos de Interrupción del embarazo ofrecen en Marie
Stopes?
Los
métodos más seguros para la interrupción del embarazo son: con medicamento y
con Aspiración Manual.
Con
medicamento.
- • Se induce por
medio de medicamento con la finalidad de que el cuerpo elimine el producto
en forma similar a un aborto espontaneo.
- • Es eficaz para
terminar el embarazo temprano; es decir, hasta las primeras 9 semanas.
Quirúrgico:
Procedimiento por Aspiración Manual
- • Consiste en una
suave aspiración manual para extraer el producto.
- • Se introducen
unas pequeñas cánulas en el útero a través de la vagina.
- • El procedimiento
tarda de 10 a 15 minutos.
- • Pueden usarse
analgésicos o una sedación suave.”
Hágase constar que se esta haciendo
una comparación de dos paginas de Internet distintas esta es la pagina de una
clínica de interrupciones de embarazo (http://www.mariestopes.org.mx/).
En este segundo caso las opciones
que ofrece la clínica solamente son dos, las que ellos previamente investigaron
y concluyeron, serian las apropiadas para la salud de la mujer que se dispone
al tratamiento.
En ambos casos se dice lo que se
opina, pero nosotros como mediadores de la sociedad entendemos que la opinión
no solo basta para poder defender un hecho, y este es que el aborto no deja de
ser una vía anticonceptiva valida para la mujer, ya sea en pareja o sola, la
decisión debe de tomarse a conciencia; dentro de la critica de ambos se denota
que la idea católica (en este caso) se genera a trabes de su moral y se informa
de los distintos abortos, de lo que no se informa es de cual es el mas seguro,
viéndolo de manera objetiva una persona ignorante que cae en este tipo de
paginas y que quiere terminar con un embarazo terminaría en hacerlo ella misma,
a sabiendas de que no es medica y podría resultar en catástrofe, este tipo de
información puede resultar contraproducente para los fines religiosos.
Mientras que la idea expuesta por la
clínica es informar a la mujer de las posibilidad mas cómodas y sanas para el
cuerpo femenino, donde de igual forma encontramos mas datos de las consecuencias
prejuicios, dudas mas comunes, y todo tipo de datos, que no pretenden mas que
informar al paciente de como se debe y no hacer, sin ignorar que se le da un
trato digno y lejos de ser discriminatorio.
Aspectos jurídicos.
“CÓDIGO PENAL
PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE JALISCO
Fecha de
modificación más reciente: 21/abril/2008
Ubicación:
Libro segundo
Título
primero: Delitos contra la vida y la salud personal
Capítulo: V
Artículo 227.- Aborto es la muerte
del producto de la concepción en cualquier momento de la
preñez.
Artículo 228.- Se impondrán de
cuatro meses a un año de prisión a la madre que,
voluntariamente, procure el aborto
o consienta en que otra persona la haga abortar con ese fin, si concurrieren
las siguientes circunstancias:
I. Que no tenga mala fama;
II. Que haya logrado ocultar su
embarazo;
III. Que éste sea fruto de una
unión ilegítima; y
IV. Que el aborto se efectúe dentro
de los primeros cinco meses del embarazo.
Faltando una de las circunstancias
anteriores se le duplicará la pena, pero si faltaren dos o más, se podrá
triplicar. La misma sanción se impondrá al que haga abortar a una mujer a
solicitud de ésta, siempre que no se trate de un abortador habitual o de
persona ya condenada por aborto, pues en tal caso la sanción será de dos a
cinco años de prisión.
Cuando faltare el consentimiento de
la mujer, la prisión será en todo caso de tres a seis años, y, si mediare
violencia física o moral, de cuatro a seis años de prisión.
Si el aborto lo causare un médico
cirujano, pasante o estudiante de medicina, partera, comadrona o enfermero,
además de las sanciones que le correspondan, se le suspenderá de uno a cinco
años en el ejercicio de su profesión, oficio o respectiva actividad.
Tratándose de las sanciones a que
se refiere este artículo aplicables a la mujer que,
voluntariamente, procure el aborto
o consienta en que otra persona la haga abortar con ese fin, el juez queda
facultado para sustituirlas por un tratamiento médico integral; bastará que lo
solicite y ratifique la responsable; lo anterior, siempre y cuando no se
presente reincidencia de su parte.
El tratamiento referido en este
precepto será provisto por las instituciones de salud del estado y tendrá como
objeto la atención integral de las consecuencias generadas con motivo de la
práctica del aborto provocado, así como reafirmar los valores humanos por la
maternidad, procurando el fortalecimiento de la familia.
Artículo 229.- No es punible el
aborto culposo causado por la mujer embarazada ni cuando el
embarazo sea resultado de una
violación.
Tampoco lo será cuando, de no
provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de
muerte o de un grave daño a su
salud, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen
de otro médico, siempre que esto
fuere posible y no sea peligrosa la demora.”
CÓDIGO PENAL
PARA EL DISTRITO FEDERAL
Fecha de
modificación más reciente: 26/abril/2007
Ubicación:
Libro segundo: Parte especial
Título
primero: Delitos contra la vida y la integridad corporal
Capítulo: V
Artículo 144.- Aborto es la muerte
del producto de la concepción después de la décima segunda semana de gestación.
Para los efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la
reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el
endometrio.
Artículo 145.- Se impondrá de tres
a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad,
a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la
haga abortar, después de las doce semanas de embarazo. En este caso, el delito
de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.
Al que hiciere abortar a una mujer,
con el consentimiento de ésta, se le impondrá de uno a tres años de prisión.
Artículo 146.- Aborto forzado es la
interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la
mujer embarazada.
Para efectos de este artículo, al
que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, se
le impondrá de cinco a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o
moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.
Artículo 147.- Si el aborto o
aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o
practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme a este
capítulo, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión u oficio por un
tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Artículo 148.- Se consideran como
excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto:
I. Cuando el embarazo sea resultado
de una violación o de una inseminación artificial a que se refiere el artículo
150 de este Código;
II. Cuando de no provocarse el
aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud a
juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico,
siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora;
III. Cuando a juicio de dos médicos
especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto
presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado
daños físicos o mentales, al límite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia
del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada; o
IV. Que sea resultado de una
conducta culposa de la mujer embarazada.
En los casos contemplados en las
fracciones I, II y III, los médicos tendrán la obligación de proporcionar a la
mujer embarazada, información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los
procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos; así como de los apoyos y
alternativas existentes, para que la mujer embarazada pueda tomar la decisión
de manera libre, informada y responsable.
Legislación en el DF
“En la Ciudad
de México, cualquier mujer puede decidir interrumpir un embarazo de manera
voluntaria si está dentro de las primeras 12 semanas de gestación.
En
abril de 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal resolvió despenalizar el aborto hasta la
semana 12 de gestación. Las reformas legales aprobadas también priorizan la
atención de la salud sexual y reproductiva y establece que "los servicios
que se presten en la materia constituyen un medio para el ejercicio del derecho
de toda persona a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el
número y espaciamiento de los hijos". La ley entró en vigencia dos días
después, con su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
La
histórica reforma también indica que el Gobierno promoverá permanentemente y de
manera intensiva, políticas integrales tendientes a la promoción de la salud
sexual, los derechos reproductivos, así como la maternidad y la paternidad
responsables.
Sus servicios
de planificación familiar y anticoncepción tienen como propósito principal
contribuir a la prevención de embarazos no planeados y no deseados, disminuir
el riesgo reproductivo, evitar la propagación de las enfermedades de
transmisión sexual y coadyuvar al pleno ejercicio de los derechos reproductivos
de las personas con una visión de género, de respeto a la diversidad sexual y
de conformidad a las características particulares de los diversos grupos
poblacionales, especialmente para las niñas y niños, adolescentes y jóvenes.
Una
investigación a cargo de la Dra Ana Amuchástegui (UAM-Xochimilco) basado en
entrevistas a profundidad y un riguroso análisis, presenta la experiencia de
mujeres que entre 2008 y 2009 optaron por la interrupción legal de un embarazo
(ILE) en el DF. La investigación –llamada Procesos Subjetivos de Ciudadanía:
Sexualidad y Derechos Humanos- indica que la despenalización
del aborto y el acceso a los servicio de ILE han contribuido a una mayor
autonomía de las mujeres en la toma de esta decisión.
Las
participantes hablan del alivio de contar con servicios de salud seguros y
relatan experiencias en las que, gracias a la legalidad de la interrupción
legal del embarazo (ILE), las mujeres se sienten respaldadas socialmente en
cuanto a su derecho a decidir.
Por
otra parte, la opinión de la población de la Ciudad de México sobre las
reformas es cada vez más favorable. Así lo muestra encuesta de opinión realizada el
Population Council México en 2010, que revela una alta aprobación de la ley
(73%). En esta tercera encuesta de opinión, de una serie que inició en los
meses previos a la despenalización del aborto en 2007, puede verse que el
índice de aprobación ha aumentado de manera consistente del 2007 a la fecha.
Además, una amplia mayoría (del 83% y 84%) está de acuerdo en que mujeres de
otros estados acudan a la Ciudad de México a interrumpir sus embarazos.
Además
del aborto voluntario en las primeras 12 semanas de gestación, también están
despenalizadas las interrupciones por razones de violación, de malformaciones
congénitas o genéticas graves del producto o por grave riesgo a la salud de la
mujer.
El proceso
que culminó en las históricas reformas de abril de 2007 ha sido largo y contó
con otros importantes hitos en el camino hacia la despenalización.”
En
este ensayo no pretendo adentrarme en todos los aspectos que genera este tipo
de debates, pues es mi idea generar la conciencia mas que nada de la libre
elección, los datos comparados previamente solo
son un vistazo con el que quiero abarcar la base del pensamiento, que
dará paso a la reflexión mental que “creo yo” existe en todos mas no sabemos cómo
expresarlo.
Conclusión.
Al principio mencioné que la libertad es
la respuesta a todo, y con los datos recabados sostendré esa postura, pero con
el respaldo de la ley y la razón, puesto que la ideología es propia de un
individuo y no debe de afectar en la decisión de los demás como lo marca la
libertad de expresión. Se aprecia la comparación de la libre expresión la cual
consiste en poder manifestar lo que sea sin miedo a la represión y con goce de
tolerancia siempre y cuando no atente contra la libre expresión de otro ser
humano.
Entonces pues se puede tomar la misma
idea para expresar el sentir a favor del aborto:
-toda
mujer es libre de tomar dediciones autónomas sobre su cuerpo basadas en una
decisión propia, meramente dirigida por su propia moral, siempre y cuando no
atente con la vida de otro ser humano. Tomando como referencia la reforma del
distrito federal: “En la Ciudad de México, cualquier mujer
puede decidir interrumpir un embarazo de manera voluntaria si está dentro de
las primeras 12 semanas de gestación.”
Puedo argumentar que la ley misma aprueba que las mujeres tomen la decisión de
aplicarse este tipo de operaciones de manera voluntaria y con un grado de
restricción de 12 semanas suficientes para tomar la dedición personal de
hacerlo o no.
Mas sin
embargo los líderes religiosos se oponen pues piensan que la vida empieza al
momento de la fecundación, bueno nadie negó eso, el hecho de que sea vida
celular no le quita lo vivo, pero esto no significa que sea vida humana, es
vida celular, no más, no menos.
Ya a este
grado de la investigación creo que seria pertinente concluir con los argumentos
pertinentes,
El aborto es una responsabilidad que no le corresponde
a un líder religioso juzgar, ni a la sociedad este tipo de cuestiones, es
absolutamente personal, el deber de las instituciones de gobierno, es facilitar
las herramientas para que las personas puedan ejercer el derecho a elegir lo
que quieren y cuando lo quieren, claro con las debidas medidas, la libertad
desmedida conlleva al caos.
Si una
persona piensa distinto a ti lo toleras y respetas, y si no se respeta, pasa lo
que en la actualidad vivimos, intolerancia, indecisión, debates. Siendo
partidario, contra el aborto, no frenes a los demás a hacer lo que ellos creen
correcto para si, si no estas de acuerdo no lo hagas, y si estas a favor del
evítalo y protégete. La prohibición del aborto tiene repercusiones en la sociedad, repercusiones que con las
leyes adecuadas pueden ser tratadas con eficiencia, repercusiones que afectan a
todos los ámbitos de la sociedad, y deben de ser vistas con tolerancia.
Denle
libertad a la mujer, denle el control sobre sus decisiones, en el rango de
tiempo que puede regular la ley en base a los estudios médicos fidedignos,
dejen en manos del individuo la decisión sobre s mismo.
Bibliografía.
www.mariestopes.org.mx
es.wikipedia.org
00:19
www.centroparalamujer.com
vidayestilo.terra.cl
www.aciprensa.com
http://www.abortos.com/tipos_aborto.htm
http://www.cronica.com.mx/notas/2007/315047.html
https://www.gire.org.mx/index.php?option=com_content&view=frontpage&Itemid=1&lang=es
Gran articulo.
ResponderEliminarGracias por la información a los usuarios
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